Aberratio ictus es una expresión jurídica de origen latino que se traduce como «error en el golpe» o «desviación en el golpe«.
Es un concepto especialmente utilizado en el ámbito del derecho penal para referirse a una situación en la que un individuo, al intentar cometer un delito contra una persona específica, por un error o circunstancias fortuitas, termina afectando a un tercero no deseado.
Este fenómeno plantea ciertos interrogantes éticos y legales sobre la responsabilidad del autor del acto, ya que la acción no fue dirigida a la persona que resultó perjudicada.
La aberratio ictus es un tema complejo que requiere un análisis detallado de las circunstancias y de las implicaciones legales para determinar la culpabilidad y las consecuencias jurídicas que se derivan de esta situación particular.
En este artículo haremos una radiografía jurídica del aberratio ictus: veremos qué significa, ejemplos prácticos para entender mejor esta figura y los matices que la diferencian de otros conceptos jurídicos.
¿Qué significa aberratio ictus?
Cuando hablamos de aberratio ictus nos referimos a un concepto jurídico de la esfera del derecho penal, concretamente relacionado con los delitos de resultado, como el homicidio o las lesiones.
Este término se emplea para describir una situación en la que una persona, con la intención de dañar o atacar a un individuo en particular, comete un acto delictivo, pero involuntariamente alcanza a otra persona diferente.
En este contexto, el aberratio ictus se centra en la discrepancia entre la intención del agresor, dirigida hacia una víctima específica, y el resultado final que afecta a una persona distinta.
El tratamiento legal del aberratio ictus en nuestro ordenamiento jurídico implica un análisis detallado de las circunstancias que rodean el evento, incluyendo la intención real del agresor y la relación causal entre su acción y el resultado final, para determinar la responsabilidad penal y las consecuencias legales. que corresponden según las leyes aplicables en el país.
Regulación aberratio ictus
El concepto de aberratio ictus se encuentra definido en los artículos 138 y siguientes del Código Penal, los cuales abordan el tema del homicidio en sus distintas modalidades, incluyendo aquellas en las que existe una intención culposa o imprudente, con penas usualmente menores.
Este tipo de error se marca como un error de hecho, no de derecho, y se analiza dentro de los errores contemplados en el ámbito del derecho penal.
Es importante destacar que este error no exime de culpabilidad ni de tipicidad, ya que se trata de un error accidental en la ejecución de la acción, no esencial.
El sujeto es consciente de que está cometiendo un delito que conlleva una sanción legal, y aunque lo comete en una persona distinta a la prevista, la acción delictiva se materializa de todas formas.
Ejemplos de aberratio ictus
Uno de los ejemplos más utilizados para ilustrar el aberratio ictus es el supuesto del disparo.
Imagínate que Juan (sujeto A) apunta a Roberto (sujeto B) con la intención de herirle o matarle, pero falla en el disparo y este impacta en María (sujeto C), causándole la muerte.
Otro ejemplo sería si Sergio (sujeto A) golpea a Pepe (sujeto B) con un objeto contundente con la intención de hacerle daño, pero el golpe termina alcanzando a un tercero (sujeto C) que se encontraba en las proximidades sin participar en el conflicto.
Error in personam vs. Aberratio ictus
Aberratio ictus y error in personam son conceptos jurídicos que se relacionan con situaciones en el derecho penal, específicamente en casos donde existe un error en la ejecución de un acto delictivo.
La principal diferencia entre ambos radica en la dirección del error y sus implicaciones legales.
El aberratio ictus se refiere a una situación en la que un individuo, con la intención de lesionar o atacar a una persona específica, comete un acto delictivo, pero el resultado afecta a una víctima distinta de la deseada.
Aquí, la acción va dirigida hacia una persona determinada, pero el resultado alcanza a otra, generando un conflicto entre la intención del agresor y el resultado final.
Por otro lado, el error in personam se centra en una equivocación sobre la identidad de la persona a la que se dirige la acción delictiva. En este caso, el autor del acto delictivo tiene la intención de afectar a alguien en particular, pero debido a un error en la identificación, el acto recae sobre una persona diferente.
En resumen, aberratio ictus se enfoca en la discrepancia entre la intención del agresor y el resultado final sobre una víctima distinta, mientras que el error in personam se relaciona con la equivocación en la identificación de la persona a la que se dirige la acción delictiva.
2 comentarios
Tengo 2 hijas la mayor abogada CUIDA de sus padres la más chica nos abandonó que PUEDO hacer ante el abandono?
Hola Jorge. Precisamente en este blog hay un artículo que habla de ese tema y creo que puede responder perfectamente a su pregunta.
Le paso el enlace: https://tuasesorlegalonline.es/es-delito-no-cuidar-a-los-padres/
Sin embargo, además de la propia situación, todo dependerá de sus preferencias personales: las opciones podrían ir desde desheredar a su hija pequeña hasta «simplemente» favorecer a su hija mayor con el tercio de mejora.
Depende del caso y de los detalles y circunstancias del mismo ( en qué términos se produce ese abandono que usted me dice, si tienen algún tipo de relación etc).
Un abrazo
Si sigue teniendo dudas, consúlteme de nuevo.