¿Cuándo se considera delito conducir bajo los efectos del alcohol?

Conducir bajo los efectos del alcohol siempre es una mala idea, ya que, es una acción peligrosa e irresponsable que pone en peligro tanto nuestra propia vida como la de los demás.

El alcohol afecta el sistema nervioso central humano, disminuyendo la capacidad de reacción y los reflejos necesarios para poder conducir con seguridad, además de que puede afectar a la visión periférica, a la capacidad para juzgar la velocidad y también la a la capacidad para percibir la distancia entre vehículos u obstáculos, lo que aumenta significativamente el riesgo de accidentes.

Por si lo anterior no fuese suficiente, el alcohol puede disminuir la capacidad de concentración y atención en la carretera, además de que puede perjudicar esta coordinación, lo que resulta muy peligroso, tanto para controlar el volante, frenar adecuadamente o realizar otras acciones necesarias para la conducción segura.

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En este artículo veremos las consecuencias legales que puede traer al conductor conducir vehículos a motor bajo los efectos del alcohol. Veremos cuándo es delito de alcoholemia y cuándo no, además de entender las consecuencias legales de tal acción.

Tabla de contenidos

 

¿Qué delito es conducir en estado de ebriedad?

Conducir un vehículo cuando se supera el límite legal de alcohol en sangre constituye un delito según el artículo 379 de nuestro Código Penal.

 

¿Cuáles son las penas por delito de alcoholemia?

Básicamente, el Código Penal nos dice que el que conduzca un vehículo de motor o un ciclomotor bajo la influencia de drogas, estupefacientes, psicotrópicos o de bebidas alcohólicas será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses.

También puede enfrentarse a un castigo en forma de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

En cualquier caso, conducir superando el límite legal de alcohol permitido supondrá la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

En general, para aquel conductor que supere una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro se le impondrán las penas anteriores.

Para ciertos conductores, como conductores profesionales o noveles, los niveles de alcohol permitidos para conducir son inferiores.

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Las consecuencias legales por cometer este delito pueden incluir prisión de tres a seis meses, multas de seis a doce meses, o trabajos comunitarios de 31 a 90 días. Además, en todos los casos, se contempla la retirada del permiso de conducir de vehículos motorizados y ciclomotores durante un período de uno a cuatro años.

Si la cantidad de alcohol en sangre supera los límites establecidos, se determinará si constituye un delito o una infracción administrativa.

 

¿Cuál es la tasa de alcoholemia permitida?

Como acabamos de ver en el anterior punto, según el Código Penal, un conductor que exceda los 0.6 miligramos por litro en aire respirado o 1.2 gramos por litro en sangre estará incurriendo en un delito de alcoholemia.

La diferencia en estas dos mediciones radica en que el nivel en aire respirado se establece mediante dispositivos de la Policía o Guardia Civil, mientras que la medición en sangre se determina a través de una prueba sanguínea hecha en el centro de salud.

 

¿Conducir bajo los efectos del alcohol es delito penal o infracción administrativa?

Una de las dudas que tienen muchos conductores es entender cuando conducir bajo los efectos del alcohol supone un delito y cuándo una infracción administrativa.

Vamos a despejar a continuación esta duda.

 

En vía administrativa

Según la Ley de Seguridad Vial, cuando un conductor supera la tasa permitida de 0.50 mg/l en aire espirado, conlleva una multa que puede llegar hasta los 1.000 euros y la retirada de hasta 6 puntos del carnet.

Conducir con un nivel de alcohol en aire espirado superior a 0.25 y hasta 0.50 mg/l de sangre (o más de 0.15 hasta 0.30 mg/l para conductores con menos de dos años de antigüedad en el permiso) conlleva una multa de 500 euros y la retirada de 4 puntos del carnet.

Para conductores menores de edad, la tasa permitida es de 0.0 mg/l, ya sea conduciendo un automóvil o un vehículo de movilidad personal como patinetes eléctricos o bicicletas. En caso de superar este límite, la multa es de 500 euros y se retiran 4 puntos del carnet.

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Además, si el conductor ha sido sancionado el año anterior por la misma infracción, se impondrá una multa de 1.000 euros.

 

En vía penal

Cuando un conductor ha consumido alcohol o muestra signos de haberlo hecho, el Código Penal considera esta situación como un delito como ya hemos visto.

El artículo 379 específicamente castiga a aquellos que conduzcan un vehículo a motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o bebidas alcohólicas.

Las penas establecidas para este delito son penas de prisión desde 3 a 6 meses, multas que oscilan entre 6 y 12 meses, o trabajos comunitarios que van de 31 a 90 días.

Además, se contempla la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un período que va desde uno hasta cuatro años.

En cualquier caso, se condenará a aquellos conductores que superen una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0.60 mg/l o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1.2 gramos por litro.

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Los propios agentes remitirán las actuaciones al juzgado y citarán al conductor para un juicio rápido.

Si el acusado acepta los hechos, la condena se reduce en un tercio. Sin embargo, la pena mínima en cuanto a la retirada del carné sería de 8 meses y un día.

 

¿Qué pasa si me niego a hacer la prueba de alcoholemia?

Negarse a someterse a un control de alcoholemia no nos librará de asumir las consecuencias de nuestros casos y, además, incluso puede empeorar la situación.

Tal y como expone nuestro Código Penal en su artículo 383, se castiga como un delito de desobediencia con las penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

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Recordemos que la conducción bajo la influencia del alcohol, si la tasa es igual o superior a 0.6 mg/l, se configura un delito contra la seguridad del tráfico. En este caso, el conductor se verá involucrado en un proceso penal como imputado en un delito.

 

¿Puedo acceder a soplar la primera vez, pero la segunda no?

No. La ley establece que el conductor deberá realizar la prueba hasta tres veces, e incluso más si hubiese sospechas de que esta no se está realizando correctamente.

 

¿Qué alternativas existen a la prueba de alcoholemia de soplar?

La prueba de alcoholemia más extendida es la que consiste, básicamente, en soplar en un alcoholímetro siguiendo las indicaciones del agente. Sin embargo, no siempre es fiable y puede dar lugar a un falso positivo.

La ingesta de ciertos medicamentos, o incluso el uso de ciertos productos (como el gel hidroalcohólico) pueden dar lugar a estos falsos positivos.

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Si este es nuestro caso, debemos solicitar otro tipo de prueba, como la de extracción de sangre en un hospital.

 

¿Puedo ser penalizado por algún otro delito más por tasa de alcoholemia superada?

Cuando el conductor de un vehículo pone en riesgo la vida propia y la de los demás ocupantes de la vía, como pasajeros, peatones o otros conductores, ya sea debido a los efectos del alcohol o no, se considera un delito de temeridad.

Las consecuencias legales de este acto pueden incluir pena de prisión, multas y la retirada del permiso de conducir.

En cuanto a la relación entre este caso y el delito de superar la tasa de alcoholemia permitida al conducir, la jurisprudencia no ofrece una respuesta clara.

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Algunos tribunales consideran que el delito de conducción temeraria abarca automáticamente el exceder la tasa de alcoholemia, mientras que otros argumentan la existencia de una concurrencia de delitos.

Esta incertidumbre legal subraya la importancia crucial de contar siempre con el asesoramiento de un profesional, específicamente un abogado especializado en accidentes de tráfico y delitos relacionados con la tasa de alcoholemia superada.

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