El daño emergente y el lucro cesante son dos conceptos clave en el derecho civil español, utilizados en el ámbito de la responsabilidad civil, y que, a menudo, ambos se confunden.
Ambos términos están destinados a resarcir económicamente la parte perjudicada, es decir, compensar a la víctima o víctimas por las pérdidas económicas o materiales sufridas debido a actos ilícitos o a un comportamiento negligente.
Mientras que el daño emergente hace referencia a las pérdidas reales y concretas, es decir, al menoscabo económico que ha experimentado la víctima por consecuencia de un hecho ilícito, por una acción u omisión negligente que ha sufrido, el lucro cesante aborda las oportunidades perdidas de obtener beneficios, o, lo que es lo mismo, se relaciona con la ganancia o beneficio que ha dejado de obtenerse por dicha conducta ilícita o negligente.
La responsabilidad civil y la posibilidad de indemnización fundamentan estas dos figuras, que son imprescindibles para garantizar la protección de los derechos y la equidad en nuestra sociedad.
En este artículo entenderás todos los puntos clave necesarios para comprender de forma sencilla el lucro cesante y el daño emergente.
Daño Emergente y Lucro Cesante en el Ordenamiento Jurídico Español
El concepto de daño emergente y lucro cesante es fundamental en el ámbito del derecho civil y de responsabilidad civil en España y está relacionado con el concepto de daños y perjuicios.
Estos términos hacen referencia a dos tipos de pérdidas que una persona o entidad puede sufrir debido a la actuación negligente o ilícita de otra parte.
En este texto, analizaremos en detalle lo que se entiende por daño emergente y lucro cesante según el Ordenamiento Jurídico Español, profundizando en sus diferencias y su importancia en la compensación de perjuicios.
Importancia de la Responsabilidad Civil en nuestro Ordenamiento Jurídico
La responsabilidad civil es un pilar fundamental en el sistema legal español, ya que busca restaurar el equilibrio patrimonial de las personas afectadas por actos ilícitos o negligentes.
La posibilidad de ser indemnizado por daño emergente y lucro cesante es esencial para asegurar que aquellos que sufren perjuicios injustos puedan obtener una compensación justa.
Diferencias entre daño emergente y lucro cesante
Tanto el daño emergente como el lucro cesante vienen definidos en el artículo 1.106 del Código Civil.
A continuación, vamos a ver las diferencias esenciales entre ambas figuras.
Daño Emergente
El daño emergente se define como la pérdida económica que sufre una persona o entidad como consecuencia directa del acto ilícito o negligente de un tercero.
En este caso, el perjuicio debe ser real, actual y concreto. Algunos ejemplos de daño emergente pueden ser:
- Los gastos médicos y hospitalarios incurridos debido a un accidente automovilístico causado por la negligencia de un conductor.
- El valor de mercado de un bien dañado o destruido por una acción ilegal o negligente.
- La pérdida de ingresos debido a un robo o daño a un establecimiento comercial.
Lucro Cesante
El lucro cesante se refiere a la pérdida de ganancias o beneficios que una persona o entidad deja de obtener debido a un acto ilícito o negligente de otra parte.
En este caso, el perjuicio es potencial, es decir, se trata de una oportunidad de obtener beneficios que se ha visto frustrada. Algunos ejemplos de lucro cesante pueden ser:
- Las ganancias perdidas por un comercio que tuvo que cerrar temporalmente debido a un incendio causado por negligencia de un tercero que estropeó toda su mercancía.
- Las pérdidas financieras sufridas por un profesional debido a la cancelación de un contrato por incumplimiento de la otra parte.
- La pérdida de ingresos futuros por una incapacidad permanente causada por un accidente laboral.
Diferencias entre Daño Emergente y Lucro Cesante
La principal diferencia entre daño emergente y lucro cesante radica en la naturaleza del perjuicio.
La diferencia entre el daño emergente y el lucro cesante en el ordenamiento jurídico español radica en la naturaleza del perjuicio económico que cada uno representa.
Dicho de otra manera, el daño emergente se refiere a las pérdidas económicas ya sufridas, mientras que el lucro cesante se relaciona con las ganancias o beneficios que se dejan de obtener.
El daño emergente se refiere a las pérdidas económicas, reales, concretas y directas que una persona o entidad ha experimentado debido a un hecho ilícito o negligente de otra parte.
Este tipo de daño se evalúa en función de los gastos, costos o desembolsos efectivos sufridos por la víctima, como daños a la propiedad, gastos médicos, pérdida de ingresos, entre otros.
Por su parte, el lucro cesante se relaciona con las ganancias o beneficios que la parte afectada ha dejado de obtener a causa de la conducta ilícita o negligente.
Se trata de una pérdida potencial, es decir, una oportunidad de obtener beneficios que se ha visto frustrada debido a la acción negligente o ilícita de la otra parte.
Ambos conceptos son esenciales en el sistema de responsabilidad civil para garantizar una compensación adecuada y justa a las víctimas de perjuicios en el ordenamiento jurídico español.
Requisitos para recibir una posible indemnización por lucro cesante y daño emergente
Para que una persona pueda recibir una indemnización por daño emergente o lucro cesante, debe cumplir con ciertos requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico español. Son los siguientes:
- La existencia de un daño real y probado, ya sea emergente o lucro cesante.
- La relación causal entre el hecho ilícito o negligente y el daño sufrido.
- La ausencia de culpa o negligencia por parte de la víctima que haya contribuido al daño.
- La cuantificación adecuada y precisa del daño, de forma que pueda ser objeto de valoración y compensación.
Compensación y Resarcimiento
Tanto el daño emergente como el lucro cesante son susceptibles de ser compensados y resarcidos en el ámbito civil.
Cuando se establece la responsabilidad de la parte causante del perjuicio, esta deberá indemnizar a la víctima por el daño sufrido, tanto el emergente como el lucro cesante que sea razonablemente previsible.
Cálculo y Prueba del Daño
La cuantificación del daño emergente y el lucro cesante puede ser compleja y requerir pruebas sólidas.
En muchos casos, es necesario recurrir a peritos o expertos que valoren y determinen el monto del perjuicio económico.
La parte afectada debe presentar pruebas suficientes para demostrar la existencia y el alcance del daño.
Límites a la Indemnización
Nuestro Ordenamiento Jurídico establece ciertos límites para la indemnización de daños emergentes y lucro cesante.
No se compensarán daños que no sean razonablemente previsibles o que se deriven de una conducta negligente de la propia víctima.
Además, la indemnización no puede tener un carácter punitivo o excesivo, sino que debe ser proporcional al daño efectivamente sufrido.