Cuando una pareja quiere formalizar su relación, o, simplemente, darle un punto de legalidad al asunto, muchos optan por el matrimonio pero, también los hay que prefieren formar una pareja de hecho.
La ley les otorga diferentes derechos, condiciones y determinación legal a una y a otra, por lo que, si estás pensando formalizar tu relación y todavía no tienes claro como hacerlo o qué régimen es más ventajoso, sigue leyendo este artículo e infórmate.
Diferencias entre pareja de hecho y matrimonio.
Pese a que ambas están reguladas en la ley, hay notables diferencias entre matrimonio y pareja de hecho. Principalmente, son las siguientes:
En cuanto a su registro y proceso de constitución
Si optamos por casarnos, es decir, por un matrimonio civil, debemos registrar la unión en el Registro civil de la localidad en la que vivan los contrayentes o, al menos, en la que viva uno de ellos.
En el caso de las parejas de hecho, debe inscribirse en el Registro de parejas de hecho de la Comunidad Autónoma en la que residan.
En cuanto al derecho de vacaciones
Si te casas, es decir, si contraes un matrimonio civil sí tienes derecho a vacaciones ( 15 días), mientras que para las parejas de hecho, la ley no contempla esa opción, por lo que no tendrás derecho a vacaciones, salvo convenio laboral que diga lo contrario.
En cuanto al régimen económico de la unión
El matrimonio legalmente se constituye en base a uno de los tres regímenes económicos matrimoniales: gananciales, separación de bienes o partición.
En las parejas de hecho no hay ningún régimen económico matrimonial per se, pero, ambos integrantes podrán adoptar los acuerdos que consideren convenientes para su unión.
En cuanto al Impuesto sobre la Renta
El matrimonio ( así como los hijos, menores o mayores de edad con discapacidad) que conformen la unidad familiar pueden hacer la declaración de la renta conjunta, siento la cuantía de la reducción por tributación conjunta de 3400 euros.
En la pareja de hecho, al no constituir unidad familiar no pueden presentar la declaración conjunta.
Sin embargo, si hubiere hijos comunes menores de edad o mayores con discapacidad, si podrán formar unidad familiar con uno de los miembros de la pareja y optar por la tributación conjunta.
En cuanto a la ruptura y separación o divorcio
En cuanto a la disolución de la unión, el matrimonio es un proceso más largo y tedioso, y exige que ambas partes se impliquen en el proceso.
En el caso de las parejas de hecho, solo es necesario que uno de los miembros, sin consentimiento del otro, quiera dar de baja la pareja de hecho.
En el caso de que hubiese hijos, las obligaciones para cada uno de los integrantes seguirá siendo la misma, independientemente de si se han casado o si están registrados como pareja de hecho, es decir, la ley en este punto no hace ninguna distinción.
En cuanto a la pensión de viudedad
La ley reconoce el derecho a pensión de viudedad para el cónyuge viudo desde el momento en el que fallece el otro cónyuge, independientemente del tiempo que lleven juntos.
Si la muerte se produce por enfermedad común, se deberá acreditar al menos un año de matrimonio para que el cónyuge superviviente opte a la pensión.
En las parejas de hecho se exigen dos requisitos para poder optar a percibir la pensión de viudedad:
- Demostrar que la pareja lleva 2 años inscrita como pareja de hecho
- Demostrar que han convivido al menos durante 5 años.
En cuanto a la herencia y derecho de sucesiones
En el caso de la pareja de hecho, la ley no le reconoce el derecho a heredar, sin embargo, siempre existe la posibilidad de hacer un testamento y designar como heredero al otro integrante de la unión.
En el matrimonio, la ley si reconoce ciertos derechos al cónyuge superviviente, aunque, estos varian dependiendo del régimen económico en el que se encuentre inscrito el matrimonio, así como de otros factores, como la existencia de hijos o no, o si no hay hijos pero si familiares ascendientes.
Requisitos para casarse o ser pareja de hecho en España
En España, como en el resto de países del mundo, la ley exige a cada uno de los dos integrantes, tanto si quieren casarse por lo civil como si quieren inscribirse como parejas de hecho una serie de requisitos. Son los siguientes:
Requisitos para contraer matrimonio civil
Si estás planeando casarte, ten en cuenta que vas a necesitar una serie de documentos para el momento del enlace y cumplir una serie de requisitos.
- Estar legalmente soltero ( las personas que tengan un vínculo matrimonial previo no disuelto no podrán contraer un nuevo matrimonio, ya que, estarían incurriendo en delito de bigamia)
- No tener relación colateral por consanguinidad hasta el tercer grado.
- Personas divorciadas: deben presentar el certificado del matrimonio anterior con la anotación del divorcio o la nulidad (que se solicita previamente en el Registro Civil)
- Personas viudas: certificado del matrimonio anterior y del deceso del cónyuge (solicitable en el Registro Civil)
- Además, cada uno de los cónyuges necesitará su certificado de nacimiento, su certificado de empadronamiento, fe de vida y una declaración escrita, que se presenta al juez encargado del Registro Civil, firmada por ambos contrayentes.
Requisitos para inscribirse como pareja de hecho
Aunque puede variar en función de la Comunidad Autónoma en la que se resida, generalmente, se piden los siguientes requisitos para inscribirse como pareja de hecho:
- Que ninguno de los miembros esté casado. En caso de haberlo estado en algún momento, deberá acreditar el divorcio o nulidad.
- Ser mayor de edad o menor emancipado.
- Que no exista parentesco directo entre los miembros de la pareja.
- Acreditación de un periodo mínimo de convivencia.
- Inscripción como pareja en el Registro de la Comunidad Autónoma en la que se resida.
Ventajas y Desventajas de Pareja de Hecho frente a Matrimonio Civil
El matrimonio siempre ha sido la manera tradicional de formalizar una unión entre dos personas y aunque sigue siendo la favorita de muchos, ya que, generalmente ofrece más ventajas que inscribirse como unión de hecho, vamos a ver también las ventajas que ésta ofrece.
Ventajas de la Pareja de Hecho
La principal ventaja que ofrece la pareja de hecho frente al matrimonio es su sencillez en la tramitación.
Para registrar una unión de hecho sólo hay que presentar una serie de documentos en el registro civil correspondiente, no es necesaria ninguna ceremonia ni firma ante un notario.
Además, en caso de ruptura es más fácil deshacer una pareja de hecho que un matrimonio, ya que sólo habría que acudir al mismo registro en el que se dio de alta la pareja y darse de baja.
Desventajas de la Pareja de Hecho
Una de las principales desventajas de las parejas de hecho es la inseguridad jurídica que arrastran.
A pesar de que numerosas leyes han ido equiparando el régimen de pareja de hecho con el régimen matrimonial, todavía hay diferencias enormes que hacen que esta unión no goce de la misma protección jurídica que el matrimonio.