En la sociedad actual, la vida en comunidad es cada vez más común, y muchas personas residen en apartamentos o comunidades, donde la figura del presidente de la comunidad de vecinos es clave para el buen funcionamiento de la propiedad, ya que, ejerce ciertas tareas clave como convocar juntas de propietarios, cerrar actas, mediar entre vecinos o representar legalmente a toda la comunidad de vecinos en una hipotética acción judicial.
Sin embargo, puede surgirnos las siguientes preguntas: ¿Es obligatorio ser presidente de una comunidad si no vives en la propiedad? ¿Si un vecino no vive en la comunidad de propietarios, puede evitar su nombramiento como presidente y renunciar al cargo?.
Acompáñame en la lectura de este artículo y descubre quién, cuándo y cómo se puede renunciar al cargo de presidente de la comunidad de vecinos.
¿Qué ocurre si un propietario no quiere ser presidente?
Seamos sinceros, salvo en casos muy excepcionales, la mayoría de propietarios no quieren ser presidente de la comunidad de propietarios. Esto se debe a que es un cargo que requiere una serie de responsabilidades y sacrificios que no todos están dispuestos a asumir de buena gana.
Sin embargo, ¿Qué ocurre si un vecino no quiere ser presidente? Lamentablemente, la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) nos dice que el vecino elegido por el resto de la comunidad está obligado a asumir el cargo y que, la única forma de renuncia es que, en el mes siguiente a su nombramiento, alegue causas justificadas como edad, enfermedad, etc.
¿Cómo se elige el presidente de una comunidad de vecinos?
Tal y como nos dice la Ley de Propiedad Horizontal en su artículo 13.2, el presidente de una comunidad de vecinos se hará por elección, rotación o sorteo.
En las situaciones en las que varios vecinos se presentan como candidatos no hay conflictos a la hora de ocupar la presidencia, ya que, se supone que quieren hacerlo por voluntad o vocación propia.
Sin embargo, a la hora de ocupar el cargo por rotación o sorteo, suelen surgir más conflictos puesto que, no siempre, es algo deseado.
¿Cuánto dura el cargo de presidente de la comunidad?
La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) nos dice en su artículo 13.7 que el nombramiento se hará por el plazo de un año, aunque, cabe la posibilidad de que los estatutos de la propia comunidad de propietarios establezcan otra cosa.
¿Quién está obligado a ser presidente de la comunidad?
Básicamente, cualquiera de los propietarios de la comunidad pueden estar obligados a ser presidente o presidenta de la comunidad.
La presidencia se puede hacer por sorteo, en el caso de que no haya candidatos, por rotación, o por votación en una junta vecinal, en el caso de que haya candidatos que sí quieran optar al puesto de presidente de su comunidad.
¿Es obligatorio ser presidente de la comunidad?
Asumir el cargo de presidente no siempre es obligatorio. Existen ciertos eximentes, tal y como recoge la Ley de propiedad Horizontal (LPH), por las que, aunque una persona sea elegida presidente de su comunidad o edificio puede rehusar serlo alegando causas razonables para su renuncia al cargo en el plazo de un mes siguiente a su nombramiento.
Una persona puede negarse a asumir la presidencia de la comunidad si es inquilino y no propietario. Otra de las razones más comunes para rechazar el cargo se debe a cuestiones médicas o relacionadas con la discapacidad. Si una persona tiene un problema de salud que limita su capacidad para cumplir con sus obligaciones, es comprensible que opte por renunciar al cargo.
La edad también puede ser un factor en la decisión de no ser presidente. Si alguien es mayor y considera que no es capaz de asumir las responsabilidades del cargo, puede decidir no aceptarlo.
A continuación, vamos a ver las causas más comunes por las que un vecino se puede negar a asumir la presidencia o directamente, quién no puede ser presidente de su edificio o finca de propietarios.
Causas por las que un vecino puede negarse a ser presidente de la comunidad
Hay una serie de eximentes en las que un vecino puede declinar el cargo de presidente de acuerdo a la ley. Vamos a ver a continuación cuáles son para saber quién no puede ser presidente de su comunidad.
Causas médicas o de discapacidad
Cuando entran en juego cuestiones médicas o de discapacidad, la salud y el bienestar de la persona deben primar sobre cualquier obligación de ejercer las funciones de un presidente de comunidad. Estas afecciones pueden limitar la capacidad física y mental de una persona para manejar las exigencias y el estrés del cargo, así como su calidad de vida en general.
Es esencial tener en cuenta el impacto que los problemas de salud pueden tener en la capacidad de una persona para cumplir eficazmente las responsabilidades del cargo y considerar soluciones alternativas. Una posibilidad puede ser encontrar a otro propietario que esté interesado en asumir el cargo, o nombrar a una persona externa de confianza que pueda gestionar los asuntos de la comunidad.
Ser inquilino y no propietario
Para ser presidente de una comunidad de vecinos, uno de los requisitos esenciales es ser propietario o copropietario de una vivienda o local del edificio sobre el cual se constituye la comunidad de vecinos.
Por tanto, las personas que vivan dentro de la comunidad de vecinos en condición de alquiladas no podrán ser presidentes de la comunidad, ni tampoco estarán obligadas a acudir a juntas de vecinos, ni podrán votar en las mismas.
Causas de la edad
La edad puede ser un motivo legítimo para negarse a asumir el cargo. A medida que las personas envejecen, pueden enfrentarse a limitaciones físicas y mentales que podrían causar serias dificultades para el cumplimiento de las obligaciones de este cargo.
Además, las personas mayores pueden preferir tener más tiempo libre y participar menos en los asuntos de la comunidad, ya que pueden tener otras obligaciones o intereses.
Las personas mayores pueden tener una perspectiva diferente sobre los asuntos de la comunidad debido a sus experiencias vitales y a las diferencias generacionales. Pueden sentir que su edad no es compatible con las necesidades y preferencias de la comunidad, lo que les hace dudar a la hora de asumir la responsabilidad de ser el presidente.
Vivir en otro domicilio
Vivir fuera del domicilio de la comunidad puede ser una causa legítima para declinar el cargo de presidente. Puede que a una persona no le resulte factible cumplir las obligaciones del presidente si vive en otra localidad.
El presidente debe estar disponible y cerca en caso de que surjan problemas o crisis en la comunidad. Por tanto, si alguien reside fuera de la propiedad, puede resultarle difícil desempeñar esta función.
Además, estar físicamente presente en la comunidad permite al presidente conocer directamente los deseos y preocupaciones de los residentes. Puede evaluar el estado de la propiedad y abordar con prontitud cualquier problema de mantenimiento o seguridad.
Vivir lejos de la dirección puede impedir su capacidad para participar en las reuniones de la comunidad y tomar parte en los debates sobre las decisiones esenciales relativas a la comunidad.
Es esencial que el presidente tenga un vínculo sólido con la comunidad a la que representa y sea capaz de relacionarse con los residentes. Por tanto, si alguien vive en otro domicilio, es razonable que rechace el papel de presidente de la comunidad para garantizar que el cargo lo ocupa alguien que puede comprometerse plenamente con las responsabilidades y necesidades de la comunidad.