Normalmente, el mero hecho de contraer una deuda, por pequeña que sea esta, es una situación que nos causa malestar e incomodidad hasta que la saldamos.
Sin embargo, hay un tipo de deudas que parece que van un paso más allá y todavía nos dejan más intranquilos, que son las deudas con Hacienda.
Recordemos que Hacienda, es el organismo encargado de la recaudación de impuestos, además se puede imponer sanciones o multas a aquellos contribuyentes que no cumplan con sus obligaciones fiscales.
Cuando alguien contrae deudas con Hacienda, generalmente se debe a la falta de pago de impuestos, ya sea por desconocimiento, dificultades económicas o por decisiones deliberadas de evadir responsabilidades tributarias.
Este incumplimiento puede desencadenar una serie de eventos desfavorables e incluso, en algunos casos, terminar en una sentencia de prisión para el deudor.
En este artículo veremos si se puede ir a la cárcel por deudas en España, y, concretamente, si se puede ir a la cárcel por deudas con Hacienda, además de ver todos los puntos clave para entender este tema a la perfección.
Quédate por aquí y acompáñame.
¿Qué tipo de deudas se pueden contraer con Hacienda?
Cuando hablamos de deudas con Hacienda, nos referimos a la cantidad de dinero pendiente que una persona física o una persona jurídica debe pagar a la Administración, concretamente a la Hacienda Tributaria.
Las deudas con Hacienda suelen surgir por diferentes motivos. Algunos de los más comunes son los siguientes:
- Deudas con la Seguridad Social, a menudo por errores en el pago de cuotas o por descuidos en su abono.
- El impago del IVA, especialmente común entre autónomos y empresas, puede derivar de cálculos incorrectos en las liquidaciones periódicas.
- Problemas con el IRPF debido a errores o incompletitudes en la declaración de la renta.
Además, otras entidades gubernamentales pueden exigir pagos específicos, como: multas de tráfico de la Dirección General de Tráfico (DGT) o de ayuntamientos, tasas municipales como el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles), tasas de basura, cuyo impago puede dar como resultado deudas con la Administración.
¿Qué ocurre cuando no pagamos a Hacienda?
La Agencia Tributaria establece un plazo voluntario para saldar las deudas, que varía según el impuesto.
Si no se realiza el pago durante este período, comienza el período ejecutivo, con un recargo del 5% de la deuda. Durante este tiempo, Hacienda puede tomar medidas para cobrar lo adeudado.
Si la deuda no se liquida en este período, comienza el período de apremio. Este empieza con una notificación llamada providencia de apremio, una vez finalizado el plazo voluntario.
La deuda, en este caso, se reclama con recargos adicionales:
- Recargo de apremio reducido, que es del 10% de la deuda.
- Recargo de apremio, que es del 20% más los intereses de demora, desde la fecha del período ejecutivo.
Si la deuda aún persiste, Hacienda puede embargar cuentas bancarias, ingresos, terminales de punto de venta o bienes, tanto muebles como inmuebles.
Si se ha desestimado la opción de pagar la deuda, se aconseja acogerse al mecanismo de Segunda Oportunidad en cuanto perciban dificultades para hacer frente a sus deudas con Hacienda.
Contar con un abogado especializado en la Ley de Segunda Oportunidades otro factor clave llegados a este punto, ya que, te guiará para cancelar tus deudas con Hacienda acogiéndote a este mecanismo.
¿Cómo puedo saber si tengo una deuda con Hacienda?
Si no estás seguro de tener una deuda con Hacienda, o si, simplemente quieres salir de dudas y quedarte tranquilo, puedes comprobarlo o bien a través de la página web de la Agencia Tributaria.
Para poder comprobarlo necesitarás certificado electrónico de identificación, DNI electrónico o Cl@ve PIN.
Si eres de los que prefieren hace cualquier trámite de forma presencial, podrás solicitar una cita con la oficina de Agencia Tributaria más cercana a tu domicilio solicitando cita previa.
¿Se puede ir a la cárcel por no pagar una deuda en España?
En España, el impago de deudas como tal no suele llevar a la prisión, ya que no se considera un delito en el país, sin embargo, hay ciertas circunstancias que pueden «salmipentar» la situación y que esta desemboque en una condena con pena de cárcel.
El Código Penal español establece como delito únicamente ciertas conductas específicas, y el no pago de deudas no está tipificado como delito, excepto en casos muy concretos y excepcionales.
Vamos a ver algunas de ellas a continuación.
Las faltas que pueden conllevar penas de prisión
Es probable que aquellos deudores que se encuentren en situación de insolvencia podrían enfrentar penas más severas, incluso de uno a cuatro años de prisión y multas que oscilan entre ocho y veinticuatro meses, si han incurrido en alguna de las faltas descritas en el artículo 259 del Código Penal:
- Dañar o esconder bienes o patrimonio que podrían haber sido incluidos en el concurso.
- Realizar transferencias de dinero, asumir deudas injustificadas según la situación financiera del deudor o sus ingresos.
- Vender o proveer servicios a un precio inferior al costo de adquisición o producción.
- Crear créditos falsos o reconocer créditos ficticios.
- Participar en actividades especulativas que contradigan la situación económica del individuo.
- No cumplir con las obligaciones de contabilidad o cometer irregularidades que dificulten la comprensión de su situación financiera.
- Destruir, esconder o modificar libros contables o documentos que deben conservarse por ley.
- Presentar informes financieros o libros contables sin seguir las normas mercantiles, así como llevar a cabo prácticas de contabilidad dual.
- Actuar en contra del deber de diligencia en la gestión financiera con el fin de reducir el propio patrimonio o ocultar la verdadera situación económica. Esto incluye acciones intencionadamente omitidas.
Por tanto, un ciudadano, por norma general, no va a ir a la cárcel por no pagar las deudas con Hacienda, sin embargo, puede que las actuaciones que se lleven en la esfera de esa deuda sí se consideren acciones castigadas con penas de prisión.
¿En qué casos no pagar una deuda se considera delito?
Como acabamos de indicar, por norma general, no pagar una deuda no es delito, pero hay casos determinados en los que sí lo es.
Vamos a ver a continuación en que casos el deudor puede terminar yendo a la cárcel por no pagar una deuda.
Delito de abandono de familia
El incumplimiento de las pensiones alimenticias hacia los hijos o el cónyuge constituye un delito tipificado en el artículo 227 del Código Penal, conocido como abandono de familia. Para que se produzca este delito, se deben cumplir ciertos requisitos:
- La obligación económica debe estar establecida en un convenio aprobado judicialmente o en una resolución judicial en casos de separación, divorcio, anulación del matrimonio, procesos de filiación o de manutención de los hijos.
- El impago debe prolongarse durante 2 meses seguidos o 4 meses de manera no consecutiva.
Este delito conlleva una pena que oscila entre 3 meses y 1 año de prisión, además de una multa que varía entre 6 y 24 meses.
Esta misma pena se aplica al incumplimiento de cualquier otra obligación económica establecida en los mismos casos mencionados.
Si surge la imposibilidad de pagar estas pensiones, es importante tomar medidas.
Se debe acudir al Juzgado para solicitar una modificación de las medidas, ya que las circunstancias han cambiado significativamente desde la resolución o convenio inicial que estableció la obligación de pago.
Esto demuestra que la falta de pago no es por negativa, sino por incapacidad real para hacerlo.
El Juez considerará estas circunstancias para dictar nuevas medidas acordes con la situación actual, evitando así una condena por abandono de familia si se demuestra la buena fe del responsable del pago.
Delito de insolvencia punible
El concepto de insolvencia punible abarca una serie de acciones específicas descritas en los artículos 259 a 261 bis del Código Penal. Estas acciones se centran en situaciones donde el deudor insolvente realiza acciones malintencionadas para perjudicar a sus acreedores.
El delito de insolvencia punible, como se define en el artículo 259 del Código Penal, conlleva una pena de prisión que va de 1 a 4 años, además de una multa que oscila entre 8 y 24 meses.
No obstante, hay circunstancias en las que esta pena puede ser más grave. Por ejemplo, según el artículo 259 bis, en ciertos casos, como cuando el perjuicio económico al acreedor supera los 600.000 euros, se establece una pena de prisión de 2 a 6 años y una multa de 8 a 24 meses.
Los artículos 260 y 261 del Código Penal describen otras situaciones que constituyen delitos de insolvencia punible, con penas distintas a las establecidas en el artículo 251. Además, el artículo 261 contempla la posibilidad de que las personas jurídicas cometan estos delitos.
Delito fiscal
Cometer fraude contra Hacienda o la Seguridad Social es un delito fiscal, donde se causa daño económico mediante engaño, ya sea activamente o por omisión, a las entidades fiscales estatales, autonómicas, locales, forales y europeas.
Este tipo de delito busca evitar el pago de impuestos, tasas o contribuciones especiales, así como obtener devoluciones indebidas o aprovechar beneficios fiscales de manera indebida. Para considerarse como tal, la cantidad defraudada debe superar los 120.000 euros.
Si el fraude supera este límite, se convierte en un delito de resultado, regulado por los artículos 305 y 305 bis del Código Penal.
Además, se trata de un delito intencional, ya que requiere la voluntad consciente de defraudar y el conocimiento de las acciones realizadas. En este sentido, los jueces determinan el monto defraudado, no la Administración tributaria, aunque esta sea la entidad protegida en términos legales.
Quienes cometen fraude contra Hacienda enfrentan consecuencias legales específicas que incluyen:
- Penas de prisión que van de 1 a 5 años.
- Multas que oscilan entre el doble y el séxtuple de la cantidad defraudada.
- Inhabilitación para recibir subvenciones públicas o cualquier beneficio de la Seguridad Social durante un lapso de 3 a 6 años.
¿Cómo cancelar deudas con hacienda en España?
Básicamente, existen dos formas de cancelar las deudas con Hacienda.
La primera es la más obvia, que es pagando la deuda. Esto se puede hacer en su totalidad o a través de acuerdos de pago fraccionado, normalmente, pagando una determinada cuantía al mes.
La segunda, es acogiéndose a la Ley de Segunda Oportunidad.
La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo legal que brinda la posibilidad a personas físicas (autónomos y particulares) liquidar las deudas con sus acreedores. Sin embargo, es recomendable conocer todos sus pros y contras para poder comprenderla a la perfección y ver cómo nos puede ayudar en nuestro caso concreto.