Una de las preguntas con tintes más ancestrales, que, a su vez, ha provocado numerosos quebraderos de cabeza a lo largo de los tiempos, es, precisamente, si se puede construir pegado a la linde del vecino.
Y no es para menos, ya que, las lindes o aledaños han sido fuente de numerosos conflictos y trifulcas vecinales.
En este artículo veremos todo lo relativo al tema: qué son las lindes, cuál es su marco legal y qué dice la ley al respecto y a dónde debemos acudir para informarnos del tema y no meternos en ningún lío legal.
Si te interesa el tema, acompáñame y sigue leyendo este artículo.
¿Qué es la Linde?
Cuando hablamos de linde o lindero, básicamente, nos referimos a la línea divisoria que separa una propiedad, parcela, terreno o finca de otra, como por ejemplo, tu casa de la de tu vecino o una finca de otra.
Esta línea divisoria no tiene por qué ser un elemento físico, como un muro, una valla o incluso un seto, sino que, también puede ser, simplemente, una demarcación legal. En este último caso vendría definida en los propios documentos de la propiedad, como escrituras de propiedad o planos catastrales.
En zonas urbanas, las lindes suelen estar marcadas por elementos más precisos y permanentes, como muros, sin embargo, en el entorno rural, las lindes pueden ser ríos, caminos, o incluso piedras de cierto tamaño.
Las lindes también juegan un papel crucial en la planificación territorial y la gestión de recursos. Los límites de propiedades pueden influir en decisiones sobre urbanización, zonificación y conservación del entorno natural.
¿Qué me puede ocurrir si no respeto las distancias mínimas de las lindes?
Si llevamos a cabo nuestra idea de construir sin respetar las distancias mínimas legales, podemos tener consecuencias no solo a nivel personal, como broncas y conflictos con el vecino, sino también consecuencias legales y económicas.
Vamos a ver a continuación cuáles son las consecuencias más nefastas que podemos sufrir si no respetamos las distancias mínimas de construcción.
Sanciones
Si no respetamos las distancias mínimas de construcción, podemos enfrentarnos a consecuencias que repercuten directamente en nuestro bolsillo, o lo que es lo mismo, tener que asumir multas y sanciones económicas por parte de las autoridades competentes.
Conflictos con los vecinos
Este tipo de situaciones, han sido, desde tiempos inmemoriales, motivo de conflictos, broncas y muchos quebraderos de cabeza. Es más, incluso nuestro vecino colindante nos podría denunciar por daños y perjuicios y, posiblemente, tendría la ley de su parte.
Derribo de la construcción
Es muy probable que, si llevamos a cabo nuestra idea de construir pegado a la linde de otra propiedad, la situación termine en una demolición o modificación forzosa de la misma. El propio vecino colindante podría exigir judicialmente la demolición de la misma si no lo hacen las propias autoridades locales.
Otras denuncias
Si esa construcción además no cumple con los estándares mínimos de seguridad, es posible que esto desemboque en algún accidente y pueda causar daños a terceros, por lo que, nos podríamos enfrentar a denuncias de otra naturaleza.
Por su parte, si previamente a su realización no solicitamos los permisos correspondientes, también es posible que nuestra obra tenga un final trágico y esto nos genere muchos quebraderos de cabeza.
¿Cuál es la distancia entre lindes para construir?
Lamentablemente, no hay una norma universal que pueda responder a esa pregunta.
En el siguiente punto veremos lo que dicen las normas estatales en relación con el tema, pero, no hay una norma aplicable ni específica que pueda responder a esa pregunta.
Lo más probable es que ello dependa de ordenanzas locales o provinciales, e, incluso dentro de la propia localidad, es probable que cada caso en concreto, al presentar unas características propias, tenga su propia respuesta.
Normas y leyes acerca de lindes
Aunque no hay una norma estatal específica donde encontrar la respuesta a si se puede o no construir pegado a la linde, sí existen normas que recogen el tema de forma general.
No obstante, lo más adecuado será acudir a la normativa local o, en su defecto, a la normativa autonómica. El tema de los lindes suele adquirir unos matices diferentes de una Comunidad autónoma a otra y, en ocasiones, incluso cambia entre localidades.
Vamos a ver a continuación las más importantes.
Código Civil en materia de lindes
Nuestro Código Civil, en sus artículos 590 a 593 recoge el tema de las lindes, donde nos da alguna pauta a seguir.
El artículo 590 nos deja claro que “Nadie podrá construir cerca de una pared ajena o medianera pozos, cloacas, acueductos, hornos, fraguas, chimeneas, establos, depósitos de materias corrosivas, artefactos que se muevan por el vapor, o fábricas que por sí mismas o por sus productos sean peligrosas o nocivas, sin guardar las distancias prescritas por los reglamentos y usos del lugar, y sin ejecutar las obras de resguardo necesarias, con sujeción, en el modo, a las condiciones que los mismos reglamentos prescriban. A falta de reglamento se tomarán las precauciones que se juzguen necesarias, previo dictamen pericial, a fin de evitar todo daño a las heredades o edificios vecinos.”
Por tanto, a falta de normativa local específica, debemos ceñirnos a lo que nos dice este artículo.
El Código Civil, en los artículos 591 a 593 nos habla de un problema legal que muchos hemos sufrido, que es de los árboles que se encuentran cerca de la propiedad del vecino.
El artículo 591 nos dice que No se podrá plantar árboles cerca de una heredad ajena sino a la distancia autorizada por las ordenanzas o la costumbre del lugar, y, en su defecto, a la de dos metros de la línea divisoria de las heredades si la plantación se hace de árboles altos, y a la de 50 centímetros si la plantación es de arbustos o árboles bajos.
Además, también puntualiza que el vecino propietario tendrá derecho a solicitar que se arranquen dichos árboles.
El artículo 592 nos dice que: si las ramas de algunos árboles se extendieren sobre una heredad, jardines o patios vecinos, tendrá el dueño de éstos derecho a reclamar que se corten en cuanto se extiendan sobre su propiedad, y si fueren las raíces de los árboles vecinos las que se extendiesen en suelo de otro, el dueño del suelo en que se introduzcan podrá cortarlas por sí mismo dentro de su heredad.
El artículo 593, nos completa la información anterior añadiendo que los árboles existentes en un seto vivo medianero se presumen también medianeros, y cualquiera de los dueños tiene derecho a exigir su derribo, a excepción de los árboles que sirvan de mojones, los cuales no podrán arrancarse sino de común acuerdo entre los colindantes.
Sin embargo, nuestro Código Civil también trata el deslinde en su artículo 384 y siguientes, donde nos dice que todo propietario tiene derecho a deslindar su propiedad, con citación de los dueños de los predios colindantes. La misma facultad corresponderá a los que tengan derechos reales.
Código Penal en materia de lindes
El Código Penal recoge en su artículo 246 el delito de alteración de lindes.
En él nos dice lo siguiente: El que alterare términos o lindes de pueblos o heredades o cualquier clase de señales o mojones destinados a fijar los límites de propiedades o demarcaciones de predios contiguos, tanto de dominio público como privado, será castigado con la pena de multa de tres a dieciocho meses. Si la utilidad reportada no excediere de 400 euros, se impondrá la pena de multa de uno a tres meses.
Por tanto, una alteración intencionada de los lindes es un delito tipificado en nuestro Código Penal que conlleva, además de numerosos quebraderos de cabeza, consecuencias penales.
¿Se puede construir pegado a la linde o no?
La capacidad de edificar junto a los límites de una propiedad, y las reglas que se deben seguir, varían ampliamente según el país, la región y, a veces, incluso el municipio donde se ubica la propiedad en cuestión.
En muchos lugares, se establecen distancias mínimas que deben respetarse al construir cerca de un límite, con el fin de garantizar la seguridad estructural de la construcción y preservar los derechos y la calidad de vida de los vecinos.
En ciertas áreas, las regulaciones pueden permitir construcciones contiguas a los límites, mientras que en otras, podrían exigir ciertas «zonas de retiro» o distancias mínimas que deben mantenerse.
Es de suma importancia que, antes de emprender cualquier proyecto, se realice una revisión exhaustiva de las leyes y normativas pertinentes, además de consultar con las autoridades locales y expertos en la materia.
¿Cómo construir pegado a la linde sin meterme en problemas?
Si has llegado hasta este punto, y tu idea de llevar a cabo tu construcción sigue en pie, trataré de ayudarte para que puedas realizarla sin meterte en ningún problema legal.
No obstante, recuerda que son consejos generales que pueden variar de un caso a otro ya que, lamentablemente, no hay una respuesta universal que pueda darte y que pueda aplicarse a todo el mundo.
Acude a tu Ayuntamiento
Lo más sensato y donde mejor deberían poder informarte es en el Ayuntamiento de la localidad donde se encuentra la linde junto a la que quieres construir.
Allí deberán informarte acerca de la regulación del tema en ordenanzas municipales, provinciales o autonómicas, además de las propias leyes nacionales sobre el tema.
Normalmente, en las ordenanzas de cada municipio se establecen las distancias mínimas requeridas para cada caso.
Permisos
Además de informarnos en el Ayuntamiento sobre el tema de las lindes, también deberemos hacerlo sobre los permisos necesarios para llevar a cabo nuestro proyecto.
El no cumplir con los permisos locales establecidos también puede llevarnos a serias consecuencias como la posterior demolición de la obra.
Comunícale tu intención al vecino colindante
El diálogo con tu vecino colindante no solo es recomendable, sino que, también, puede ser la clave para llevar a cabo tu construcción.
Comunicar tu intención desde el principio de forma honesta puede ayudar a evitar posibles problemas futuros.
Consulta con los profesionales adecuados
Siempre es mejor prevenir que curar, y, en este tipo de temas, donde en cada localidad tienen sus particularidades, siempre es mejor curarse en salud y consultar todas las dudas respecto al tema a un experto. Ellos podrán proporcionarnos una solución más concreta y certera.
Consultar a un buen abogado local experto en la materia, o a otro tipo de profesionales, nos ayudarán a entender a fondo cualquier ley u ordenanza aplicable al tema, y, en concreto, a nuestro caso.